Las CUOTAS
MODERADORAS son aportes en dinero, que hacen
tanto los cotizantes como los beneficiarios, para el
buen uso del servicio de salud.
Se aplican en los siguientes servicios:
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Consulta
externa médica, odontológica y
paramédica. |
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Consulta
médico especialista. |
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Atención
en el servicio de urgencias cuando no se compromete
la vida o funcionalidad de la persona. |
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Medicamentos
ambulatorios. |
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Exámenes
de diagnóstico por laboratorio clínico,
ordenados en forma ambulatoria. |
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Exámenes
de diagnóstico por imagenología,
ordenados en forma ambulatoria. |
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Exámenes
especiales autorizados sólo por el médico
tratante. |
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Programa
de atención domiciliaria: visitas médicas,
paramédicas, medicamentos, suministro
de oxígeno y servicios de radiología. |
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Consulta |
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Los COPAGOS son
los aportes en dinero que hacen los beneficiarios y corresponden
a una parte del valor del servicio demandado y tienen como
finalidad ayudar a financiar el sistema. Se aplican en
todos los servicios del POS (Plan Obligatorio
de Salud) con excepción de:
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Servicios
de promoción y prevención. |
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Programas
de control en atención materno infantil. |
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Programas
de control en atención de las enfermedades
transmisibles. |
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Tratamiento
de enfermedades catastróficas o de alto costo. |
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Atención
inicial de urgencias. |
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Servicios
sujetos a cobro de cuota moderadora. |
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